viernes, 23 de julio de 2010

Entre el Estado-Nación y los Estados multinacionales o Plurinacionales.

España, Cataluña y la cuestión nacional

Por: Manuel Rodríguez Cuadros (Ex canciller del Perú)

La globalización posee fuerzas sociales aparentemente contradictorias. La presión multidimensional a favor de un relajamiento de las fronteras para facilitar los intercambios transnacionales de toda naturaleza y el reforzamiento de las identidades nacionales, autonómicas, regionales, locales y culturales. Entidades políticas estaduales, regiones y autonomías otorgan un renovado vigor y una mayor complejidad a la estructura nacional de los Estados.

La España democrática post-franquista fue considerada un modelo de la integración funcional entre las autonomías y el Estado-Nación. Las autonomías, entre ellas, la catalana, resolvieron las identidades nacionales, lingüísticas y culturales de los diversos pueblos originarios de España en la integración funcional de un Estado-Nación plural en su constitución e historia.

El Estatuto de Cataluña perfeccionó esta estructura democrática y plural del Estado –nacional español al reconocer, al pueblo catalán, la calidad de constituir una nación y su derecho al uso oficial de su propio idioma, además de regular todos los componentes autonómicos de la gestión de su economía y sus estructuras de gobierno. El Estatuto de la Autonomía Catalana fue aprobado por las Cortes Generales el 30 de marzo del 2006. El pueblo catalán lo ratificó por un 72.9% en el referéndum del 18 de junio de ese año. Pero el Partido Popular, que se había opuesto en la votación en las Cortes, impugnó su constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. Luego de cuatro años y compulsas políticas en su composición, el tribunal falló el 9 de julio del 2010 declarando inconstitucionales un número importante de disposiciones del Estatuto entre ellas, aquella que reconoce que el pueblo catalán conforma una nación. Un día antes de la final del campeonato mundial de fútbol más de un millón de catalanes protestaron la sentencia del constitucional. En la manifestación se leyeron aisladas proclamas autonomistas e independentistas. Lo concreto fue una inmensa manifestación de españoles que clamaban por el respeto de su identidad nacional catalana. Esta identidad que forma parte del sentimiento nacional español, que la comprende, se expresó simbólicamente en el triunfo español sobre Holanda. Puyol y Xavi luego de celebrar con la bandera española enarbolaron la catalana, en un bello símbolo de la pluralidad nacional del Estado español.

Esa pluralidad ha sido cuestionada por el Tribunal Constitucional al afirmar en una sui generéis reflexión que la nación es un concepto jurídico-constitucional que implica que al Estado le corresponde una sola nación.

El derecho internacional no reconoce al concepto de nación una naturaleza jurídica y ninguna de sus reglas manda que el Estado esté integrado por una sola nación. En la mayoría de los casos es así, el Perú incluido. Pero hay, evidentemente Estados multinacionales como Rusia, la China y recientemente el Estado Plurinacional de Bolivia. El Tribunal Constitucional ha creado en España un grave problema que pone en cuestión uno de los mayores atributos de la España democrática. La solución es difícil, pero tanto el presidente Rodríguez Zapatero como el de la Generalitat, José Montilla han iniciado un responsable diálogo para salvar el Estatuto, recurriendo a los complejos y reducidos espacios que aún brinda la legalidad para solucionar el enorme forado que el Tribunal y el Partido Popular han creado en la institucionalidad española.

Fuente: Diario La Primera (Perú). 22 de julio del 2010.

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Efectos jurídicos de la sentencia del Estatut.

Historia de la lucha autonómica de Cataluña. Entre el "El Estado catalán" y la "indisoluble unidad de la nación española".

1 comentario:

  1. La constitución española establece las competencias exclusivas del estado y las que pueden ejercer las autonomías. La sentencia del tribunal constitucional ha declarado fuera de la constitución algunas de las atribuciones que recogía el estatut y que en la constitución se entienden como competencias del estado. En cuanto al término nación sólo aparece en el preámbulo del estatut y por tanto carece de cualquier eficacia jurídica, razón por la cual se ha mantenido. No aparece en ningún otro lugar.
    Mi opinión es que la constitución sirve de marco legal y que por tanto no podemos obviarla. Si se desea hacer una reforma constitucional habrá que seguir los trámites oportunos y no hacerla de forma solapada. Por tanto, muchos no comprendemos cómo pretende aprobar el partido del gobierno, pactando con el gobierno autonómico catalán, unas leyes que recojan de nuevo lo que el tribunal constitucional ya ha tumbado una vez.

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